DOCENCIA DADE 24/25

de Mario Macias CSEDERECHO ADMINISTRATIVO. PARTE ESPECIAL.

DADE: 2024/25. ORGANIZACION DOCENTE

I.- La GUIA DOCENTE DERECHO ADMINISTRATIVO ESPECIAL.pdf – como cualquier planificación docente- básicamente representa una delineación básica de los principios que regirán el desarrollo de la asignatura o módulo. Para el profesor o profesores responsables de diseñarla, la Guía significa estructurar “en un mismo paquete”:

a)Una selección y ordenación de contenidos académicos.

b)Una oferta didáctica, esto es, cómo van a ser trabajados esos contenidos y cómo van a ser evaluados los estudiantes.

La enseñanza del Derecho Administrativo desarrollada por el Seminario de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza ha venido guiada por una determinada concepción de la finalidad que aquella actividad debe tener, en función de la cual se ha elaborado una metodología propia, al tiempo que ambas (finalidad y metodología) vienen condicionadas, a su vez, por las peculiaridades de la disciplina jurídica cuya enseñanza tiene encomendada, el Derecho Administrativo. Enseñanza que se contextualiza en los principios de la escuela científica del Profesor y Maestro Garcia de Enterría.

No obstante, y en cualquier caso, es objetivo fundamental, tal como bien destacaba ORTEGA Y GASSET, hacer sentir la necesidad de la ciencia al estudiante, lo que, en nuestro caso, supone hacer sentir la necesidad y utilidad de conocer los principios básicos del Derecho Administrativo.

La evaluación de conocimientos, competencias y destrezas viene condicionada por el propio modelo de enseñanza  que pretende ayudar a pensar en razonamiento jurídico-analítico. Para ello, junta a la opción reglada del examen clasíco, en parte teórica y práctica que define la Guia docente, se ofrece, con carácter VOLUNTARIO, un modelo de evaluación continua integral, tanto de conocimento teóricos como prácticos y transversales (vinculados a las actividades tipo P6 que se ofrecen).

Este modo integral justifica el cronograma previsto, así como las actividades y diferentes sesiones de evaluación. Quienes superen los umbrales de este modelo tendrán DIRECTAMENTE su calificación sin necesidad de acudir a las pruebas REGLADAS.

Por supuesto, el estudiante puede optar por el modelo “ordinario” para su evaluación y calificación conforme a los criterios generales de la asignatura y en las fechas ya convocadas.

II.- ORGANIZACION:

El Profesor responsable del curso -tanto teoría como prácticas- es el Dr. D. José María Gimeno Feliú, Catedrático de Derecho Administrativo.

El estudio de cada uno de los epígrafes que lo componen se abordará a lo largo de las sesiones teóricas y prácticas previstas conforme al CRONOGRAMA  que figura a continuación (36 horas teóricas -2 de evaluación anticipada-  y 24 horas prácticas: 6 ECTS).

Los esquemas y guiones que para la preparación de las lecciones se ofrecen en esta web tienen por objeto facilitar la labor del estudiante. Resultan insuficientes por sí solos y, por tanto, no sirven para sustituir el trabajo que el alumno necesariamente debe realizar para superar la asignatura.

Se espera del alumnado que, además de preparar con antelación las diferentes sesiones, participe activamente en el desarrollo de las mismas, y muy especialmente en las clases practicas aspecto que será tenido en cuenta en el momento de calificar la asignatura.

EN ESPECIAL, como material de apoyo, se recomienda tanto la obra Derecho administrativo básico. Volumen II (Dúo)

Autor: BERMEJO VERA JOSÉ. ed. de 1 de febrero de 2018.

Como guía conceptual se puede utilizar el manual Derecho administrativo fácil, PUZ, 2023.

III.- TUTORÍASLas dudas relacionadas con el contenido o la metodología de la asignatura serán atendidas en el horario de tutorías: miercoles de 9 a 11 y de 13 a  14 horas y jueves, de 9 a 13 horas.  Lugar: Area Derecho Administrativo

Para poder atender correctamente a todos los alumnos, conviene que quienes estén interesados comuniquen por anticipado su intención de acudir a una tutoría escribiendo un e-mail: [Prof. Gimeno Feliú (gimenof@unizar.es)  en horario de días lectivos de lunes a viernes.

CICLO CONFERENCIAS:

Conferencia de Juli Ponce Sole. Catedrático de Derecho administrativo. Universidad de Barcelona

 «Buena administración e inteligencia artificial. Posibilidades y límites de la simplificación en el marco de la IA»

Día 19 de febrero de 2025. Aula Magna Facultad de Derecho, 17. 30 horas

Conferencia de Elena Hernaez Salguero. Consejera Tribunal de Cuentas del Reino de españa

 «Propuestas de reforma de la contratación pública desde una perspectiva práctica».

Día 19 de marzo de 2025. Aula Magna Facultad de Derecho, 17. 30 horas

Conferencia de Mario Macias Castaño. Magistrado del Tribunal Constitucional

 «Seguridad jurídica y actividad económica. El papel de la regulación«.

Día 7 de abril  de 2025. Sala Recepciones del Ayuntamiento, 17. 30 horas

IV.- CRONOGRAMA DE LA ASIGNATURA: CLASES TEORICAS  (36 horas lectivas)                       

(Miércoles de  11 a 13 horas y jueves, de 13 a 15 h.)

 

1.- Miércoles 22 de enero. Presentación del curso y Lección 1. Modalidades de actuación administrativa

2.- Jueves 23 de enero. Lección 1. Modalidades de actuación administrativa

2. bis. Viernes 24.Lección 1. Modalidades de actuación administrativa

3.-Jueves 30 de enero. Lección 1. Régimen de la subvención.

4.- Miércoles 5 de febrero.  Lección 1. Transparencia e integridad.  Lección 2. Potestad sancionadora.

5.- Jueves 6 de  febrero. Lección 2 Potestad sancionadora. 

6.- Miércoles 12 de febrero. Lección 3. Potestad expropiatoria 

7.- Jueves 13 de febrero. 3. Potestad expropiatoria

8.- Miércoles 19 de febrero.  Potestad Expropiatoria

9.-  Jueves 20 de febrero. Lección 4. Contratación pública. 

10.-  Miércoles 26 de febrero.  Lección 4. Contratación pública. 

10.bis. Jueves 27de febrero.Lección 4. Contratación pública. 

11.-  Jueves 6 de marzo. Lección 5. PRIMERA PRUEBA ANTICIPADA TEORICA (8,15 horas) Lección 4. Contratación pública

12.- Miércoles 12 de marzo. Lección 5 Contratación pública.

13.-  Jueves 13 de marzo. Lección 6. Propiedades Públicas

14.- Jueves 20 de marzo. Lección 6. Propiedades Públicas

15.-  Jueves 27 de marzo Lección 7. Costas

16.-. Jueves 10  de abril. Lección 7. Aguas

17.- Jueves 24 de abril. REPASO GENERAL. PRACTICA GLOBAL

18.- Viernes 25 de abril. SEGUNDA PRUEBA ANTICIPADA TEORICA.

 

CLASES PRACTICAS (VIERNES). 11 clases prácticas 

Comienzo: (se enviara práctica por mail)

14 de febrero

21 de febrero

28 de febrero

7 de marzo

14 de marzo

21 de marzo

2 de abril (Miércoles)

4 de abril

11 de abril

25 de abril. 

 Viernes 30 de abril. PRUEBA ANTICIPADA PRACTICA

V.- PRACTICAS COMPLEMENTARIAS (tipo 6)Serán en el Aula Magna de la Facultad de Derecho

De conformidad con el encargo docente de esta asignatura y la necesidad de trabajar competencias transversales de comunicación verbal y debate, así como con la intención de ofrecer una formación sobre cuestiones de actualidad, se ofertan.

Además de las que aparecen en el cronograma podrán proponerse otras, incluso a instancia de estudiantes.

La justificación de la actividad se enviará al mail: gimenof@me.com

JUEGO DE ROL:

El ayuntamiento x de Aragón, mediante una empresa pública considerada medio propio, para promocionar el turismo y posibilitar mejores inversiones, decide la remodelación de un antiguo espacio dedicado a estación de tren internacional, cedido por la Administración General del Estado, y ya en desuso, optando por una modalidad de contrato complejo, por un importe de 27 millones de euros,  en la que se pretende la reconstrucción  del edificio -y su reordenación urbanística-  así como la explotación del inmueble como complejo hotelero de lujo con la finalidad de recuperar, mediante un canon de 70 años, el importe de la licitación.

Para facilitar el contrato la empresa hotelera será seleccionada por la empresa constructora. Asimismo, dada la complejidad de la obra y por ser un contrato privado la sociedad prevé en el pliego la posibilidad de modificar el contrato  siempre que exista interés público o cuando lo solicité el contratista como mejora del proyecto, con un límite del 50 por ciento del importe de la licitación. La opción es ejecutada por la empresa constructora que solicita un pago adicional del 40 por ciento del precio del contrato

La sociedad municipal publica la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia el día 31 de marzo de 2025. Un concejal del Ayuntamiento decide impugnar dicha licitación

Cuestiones del ROLEl demandante debe presentar el recurso que entienda más útil, con  la estructura formal que corresponda. Por supuesto con argumentación jurídica y pretensiones. Conviene utilizar jurisprudencia. La vista oral se realizará con todas las formalidades de un juicio real.

GRUPOS Y ROL.

1. Daniel Ginés, Hugo Blanco y Marcos Pérez. Demandantes
2. Samuel Jimenez, Marius Culacovschi, Joaquín Martín. Demandados 
3. Marco Juan, Pablo García y Juan Castejón. Tribunal 
4. Jose Miguel Ciruelo y Laura Martinez. Demandantes
5. Nadia Guillén, María Gargallo y Cristina Gracia. Demandados 
6. Jaime Alexandro Larraga y Jorge Crespo. Tribunal 

Cronograma. Presentar demanda. 4 de abril. Contestar demanda 11 de abril. Juicio: 25 de  de abril. Sentencia. 2 de mayo

VII.- TEXTOS LEGALES BASICOS (deben ser versiones vigentes consolidadas):

1.Constitucion Española

2.Estatuto Autonomía Aragon

3.Ley 39/2015, Procedimiento Administrativo Común

4.Ley 40/2015, Regimen Jurídico Sector Público..

5.LRBRL y TRLRL

6.Ley Administración Local Aragón

7.LJ contencioso-administrativa de 1998

8.Ley Orgánica Tribunal Constitucional

9.Ley Administración Aragón: Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón

10.Ley Presidente Aragón

11. Le7 9/2017, de Contratos del sector público

12.Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón

13.Directivas contratación pública 23 y 24 de 2014

14.Ley Expropiación Forzosa y Reglamento Expropiación Forzosa

15.Ley General Subvenciones 2003

16.Ley Subvenciones Aragón

17.Ley Patrimonio Administraciones Públicas

18.Ley Patrimonio Aragón

19.Reglamento Bienes Entidades LocalesLeg_Decreto num. 347-2002, de 19 noviembre_LARG_2002_625.pdf

20.RBASO (Aragón)

21.Ley de Aguas

22.Ley de Costas

23.Ley de Unidad de Mercado

24.Ley Seguridad Ciudadana

25. Real Decreto estado de alarma (octubre 2020)

26.Ley 3/2020 de Aragón

27.Reglamento dominio hidraúlico

28.Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

29.Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas

VIII.- MATERIAL COMPLEMENTARIO:

Como complemento  para la preparación de la asignatura, se ofrecen una serie de guiones y esquemas relativos a las distintas lecciones que pretenden ayudar al seguimiento de las clases y para la mejor comprensión de los conceptos e Instituciones del Derecho Administrativo. Parte Especial, sin que en ningún caso sustituyan a los manuales de consulta o al trabajo personal del alumno.

1) MODALIDADES DE ACTIVIDAD DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS

Lección 1. Modos de actuación.pdf

Lección 1.  Regimen SUBVENCIONES .pdf

Lección 1. Transparencia e integridad.pdf

Documentos  Complementarios

Izquierdo Carrasco_Covid y la utilidad de la teoria de la policia administrativa.pdf

OCDE. BUEN GOBIERNO EMPRESA PUBLICA.pdf

Colaboracion_Publico_Privada.pdf

2) POTESTAD SANCIONADORA

 reglamento-de-disciplina-academica78.pdf

Documentos  Complementarios

Artículo_RAP_216_Carmen_Martin_Fernández_1639584018 copia.pdf

Ley 3/2022, de 24 de febrero, de convivencia universitaria.

3) POTESTAD EXPROPIATORIA

1- EXPROPIACIÓN FORZOSA (CONCEPTO).pdf

informeAUKEN26marzo09.pdf

2.-EXPROPIACIÓN FORZOSA(2).pdf

3-EXPROPIACION FORZOSA (3).pdf

4- GARANTIAS en la expropiación forzosa.pdf

4) CONTRATACION PUBLICA

Lección 4. Contratos públicos.pdf

DERECHO EUROPEO CONTRATACION PUBLICA.2021.ppt

DERECHO EUROPEO CONTRATACION PUBLICA.2021  .pdf

LCSP. Principios.pdf

Ambito de aplicación.ppt

AMBITO SUBJETIVO LCSP 2020.pdf

El contratista.pdf

Procedimientos y criterios.pdf

Ejecucion contratos públicos.pdf

Invalidez y control contratos publicos.pdf

Documentos complementarios:

NUEVO. MODELO PLIEGO: PCAP obras.pdf

Memoria_TACPA_Balance_2011-2017.pdf

MERCAZARAGOZA. ACUERDO TACPA.pdf

AUTO PRIVATIZACION HOSPITALES MADRID.pdf

 Sentencia Tribunal Supremo ATLL.pdfL

JMGF. Las nuevas Directivas de contratos públicos. pdf

Medidas de prevencion de corrupcion y refuerzo de la transparencia en la contratacion publica, Revista de Estudios de la Administración Local y Autonómica: Nueva Época, ISSN-e 1989-8975, Nº. 7, 2017, págs. 45-67

 Las condiciones sociales en la contratación pública: posibilidades y límites  .pdf. Anuario Gobierno Local núm. 20, 2017, pp. 241-287.

 La transposición de las directivas de contratación pública en España: una primera valoración de sus principales novedades. Documentación Administrativa. Nueva Epoca. Num 4, 2017.

La contratación pública como estrategia: el fomento de la innovación, Ius Publicum núm. 1, de 2018.

La remunicipalización de servicios públicos locales: la necesaria depuración de conceptos y los condicionantes jurídicos desde la óptica del derecho europeo”, Cuadernos Derecho Local núm. 43, 2017, pp. 50-71.pdf

Opinion sobre modificados: el Pais

La Comisión presenta un primer Informe sobre la lucha contra la corrupción en la UE      (2014_acr_spain_chapter_es.pdf)

TI-España propone a los Partidos políticos 60 medidas contra la corrupción en Subvenciones, Licitaciones y Contratos públicos

Contratos menores: 12.228 adjudicaciones a dedo para esquivar el concurso público

Noticia sobre cartel en contratos públicos

Convencion Naciones Unidas contra la corrupción

Els Matins’ de TV3 entrevista a José María Gimeno Feliu

El co-director del Observatorio de Contratación Pública analiza la situación actual del sector en el programa matinal de la cadena de televisión catalana.

 

El director del Observatorio de Contratación Pública ha participado en el programa ‘Els Matins’ de TV3 este martes. Durante la entrevista, José María Gimeno Feliu ha dicho que «el sobrecoste ha sido una práctica muy evidente en España» y ha explicado que «en otros países el sobrecoste en las obras no existe».

El contenido íntegro de la entrevista a José María Gimeno Feliu puede verse en la sección ‘A la carta’ de la cadena catalana (‘Els Matins’).

El Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza y co-director delObservatorio de Contratos Públicos ha intervenido como Experto en la Comisión de Calidad Democrática del Congreso de los Diputados para hablar sobre MEDIDAS DE PREVENCION DE CORRUPCIÓN Y REFUERZO DE LA TRANSPARENCIA EN RELACIÓN A LA FINANCIACIÓN DE PARTIDOS POLÍTICOS. En su intervención se ha incidido en la problemática de la financiación ilegal de los partidos políticos y su contextualización en una percepción social de corrupción y, en especial, de la debilidad de marco normativo de la contratación pública. Entre las medidas propuestas se puede destacar lo siguiente:1. Los partidos políticos deben aplicar la legislación de contratos del sector público. 2. “Descontaminación” política mediante la Impulso a la profesionalización y capacitación de los empleados públicos. 3. Uniformidad de reglas jurídicas en la contratación para evitar la inseguridad jurídica que facilitan redes clientelas. 4. Reforzar el control preventivo y, en contratación pública extender el ámbito del recurso especial al margen del importe, reforzando la independencia de los órganos de control. 5. Rediseño de la función de los Tribunales de Cuentas, con funciones más ejecutivas y creación de una Agencia independiente de control de corrupción que incluya control de la contratación y de los partidos políticos. 6. Regular la figura del chief compliance officer responsable de la misma. Y dentro de ese programa de compliance debería regularse la incidencia de los grupos lobistas, entendiendo al respecto cualquier comunicación directa o indirecta con agentes públicos, decisores públicos o representantes políticos con la finalidad de influenciar la toma de decisión pública, desarrollada por o en nombre de un grupo organizado Intervención:http://congresodiferido.congreso.es:8935/vod/ondemand/video/leg12/12_000331_009/cortes/mp4:12_000331_009.mp4/manifest.m3u8

5) RÉGIMEN GENERAL DEL PATRIMONIO DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS

BIENES PUBLICOS.pdf

Bienes de Dominio Público.pdf

———-Esquemadominiopublicoalumnos-1.pdf

LOS BIENES PATRIMONIALES.pdf

6)ESTUDIO DE ALGUNOS REGÍMENES DEMANIALES ESPECIALES: AGUAS Y COSTAS

AGUAS. REGIMEN.pdf

COSTAS (2018).pdf

Documentos complementarios:

PHEbro2016_B.pdf

El porvenir-de-la-organización-territorial-de-la-política-de-aguas-española.pdf

A_trasvase2017.pdf

ConclusionesAEPDACostas.pdf

L_Costas_algarrobico_12.pdf

demaniocosteroLeguinaRAP1971.pdf    

jurisprudencia de interés:

STC 64/1982, de 4 noviembre. Dominio público minero. Desarrollo económico y protección ambiental.

STC 227/1988, de 29 noviembre. Dominio público aguas.

STC 170/1989, de 19 octubre. Explotaciones mineras y protección del medio ambiente.

STC 17/1990, de 7 febrero. Dominio público aguas. Ley de aguas de Canarias.

STC 149/1991, de 4 julio. Dominio público marítimo-terrestre.

STC 168/1993, de 7 junio. Dominio público radioeléctrico.

STC 40/1998, de 19 febrero. Puertos.

STC 166/1998, de 15 julio. Privilegio de inembargabilidad. Bienes patrimoniales.

STC 63/2003, de 27 marzo. Puertos.

SsTC 247/2007, de 12 de diciembre. Derecho autonómico colectivo al agua excedentaria de otras cuencas.